Banca, ética y Unión Europea


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Miguel Ángel Bernal Alonso

El año 2017 no ha sido bueno en lo que a sentencias judiciales se refiere para la banca. El último varapalo judicial saltaba esta misma semana y supone un nuevo revolcón tanto al sector crediticio como a nuestros tribunales. La causa era esta vez las famosas cláusulas suelo de hipotecas comercializadas al calor del boom del ladrillo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), como ya conocerán, extendía la anulación de las cláusulas suelo más allá de mayo del 2013. El impacto se cuantifica, en principio, en unos 4.500 millones de euros, repartido entre varias entidades crediticias españolas. Como digo. la sentencia ha sido un revolcón, a mi entender, tanto a la justicia española como a la banca.

Los tribunales españoles ya se habían pronunciado anteriormente sobre este tema. Recordemos que en mayo de 2013 declararon la nulidad de las cláusulas suelo contenidas en las hipotecas. Se alegaba en la sentencia que en la comercialización había habido una falta de transparencia con las aludidas cláusulas. Sin embargo la alegría no era total para los afectados, puesto que la sentencia solo imponía que dejaran de aplicarse, no así la devolución del dinero cobrado hasta el momento.

En resumen, que las cláusulas se anulaban, sí, pero desde el momento de la sentencia, mayo 2013; sin derecho a devolución de las cantidades cobradas anteriormente, mayo de 2009. Supongo que estarán tan sorprendidos como en su día yo lo estuve. ¿Cláusulas nulas pero no desde la aplicación, sino desde la sentencia? Éramos muchos los que no entendíamos que una cláusula fuera nula y esa nulidad no se aplicase desde un primer momento.

Aún más confuso era la base en que se sustentaba la anulación de la aplicación de la retroactividad: "repercusiones macroeconómicas asociadas", "circunstancias excepcionales"... Esas circunstancias alegadas hacían referencia a la situación tan delicada de la banca, en aquellos momentos en pleno rescate. Era aún más increíble si cabe que la justicia y la nulidad de algo dependiese de circunstancias excepcionales macroeconómicas. En plata, que como los bancos lo estaban pasando mal los afectados con unas cláusulas nulas no podían cobrar su dinero.

La cosa era de tan poco fundamento jurídico que unos cuantos juzgados españoles hicieron la consulta sobre el tema de la retroactividad a la UE. Y como no podía ser de otra forma y aún cuando el propio abogado de la UE estaba en contra, otro más que alegaba excepcionalidad macroeconómica, el TJUE ha fallado a favor de la aplicación de la retroactividad.

Desde luego convendrán conmigo que en todo este embrollo hay un cierto aroma a falta de ética y podredumbre moral. En este caso y a diferencia de otros no solo afectaba a unas prácticas de comercialización más que dudosas por parte de la banca en aquellos años locos, sino, y lo que me parece aún más llamativo, a los mismos tribunales de justicia. Los mismos que hasta ahora parecían inmunes al virus denominado "repercusiones macroeconómicas asociadas"

La sentencia del TJUE contiene dos frases lapidarias que ustedes mismos pueden valorar e interpretar de cara a esa podredumbre moral que comentaba. La primera: "La declaración del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula". Como ve no deja ningún margen ni alude a situaciones extraordinarias cuando hay un carácter abusivo.

En cuanto a la retroactividad la segunda frase es clarísima y no requiere de ninguna explicación: "De tal limitación de tiempo resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva"

Ha habido, hasta el momento, demasiados escándalos bancarios: preferentes, subordinadas, swap de tipos de interés, colocaciones de acciones anuladas, Coco´s, convertibles y más. Hay que destacar que en el terreno económico, los escándalos afectan no solo a Bankia, los cuales tienen que cargar con ese San Benito por ser donde más políticos e intereses políticos acapararon en su momento, sino a una gran cantidad de entidades bancarias.

Sin embargo, este caso de las cláusulas suelo, afectan también a la ética de nuestras instituciones de justicia. Este hecho es diferenciador de los anteriores. Quedan aún más temas por salir a los tribunales, como por ejemplo las hipotecas multidivisas, por lo que esperemos que la justicia siga representando un pilar ético e inquebrantable.

Los países desarrollados se caracterizan por tener unas instituciones, éticas, sólidas e independientes, como es el Ministerio de Justicia y sus tribunales. Sin ellos no es posible más que repúblicas bananeras como Venezuela. Para todos aquellos que no tiene más que reproches para la UE y creen que es la madre de todos los males, deberían repasar y mirar muy bien esta sentencia. Una vez más la UE garantiza que los países que están integrados no van a ser repúblicas bananeras o se puedan convertir por "repercusiones macroeconómicas asociadas".

En cuanto a la banca y aquellos años aciagos, recordarles una vez más que su actividad se basa en la confianza del cliente. Esa confianza tiene que estar presidida por la ética. No todo vale en la cuenta de resultados. Parece que siempre nos quedará el TJUE.




FUENTE: El Economista.

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